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CONVOCATORIA 2025 Orden MED/3/2019

Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, y Alimentación, de 18 de marzo de 2025, por la que se convocan las ayudas a la conservación y promoción de razas autóctonas de ganado ovino-caprino en Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Número BOC
59 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
26/03/2025
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos
  1. Podrá obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera de ovino o caprino, sita en Cantabria.
  2. Además, debe tratarse de explotaciones que cumplen la normativa legal en vigor dictada por la Consejería, en materia de medio ambiente, higiene, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales. Igualmente, no podrán haber sido objeto de sanción, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  3. Los titulares de explotaciones ganaderas beneficiarios de estas ayudas, deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social, así como estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda del Gobierno de Cantabria, y cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 12.2 y 12.3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria.
  • Hallarse inscrita la explotación en el REGA (Registro General de Explotaciones Ganaderas).
  • No estar sujeta la explotación a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Según publicación en el BOC, el día 02/05/2025 se ha acordado la ampliación general de los plazos de todos los procedimientos y expedientes administrativos que vencían los días 28 y 29 de abril de 2025, de forma que quedan ampliados hasta las 23:59 horas del día 5 de mayo de 2025. Además, se mantiene la ampliación general en un día de los plazos en todos los procedimientos y expedientes administrativos fjados por días en cuyo cómputo estuviera incluido el día 28 de abril, con independencia del día del vencimiento, tal y como fue acordado por la resolución de 29 de abril de 2025.

Fecha inicio plazo presentación
27/03/2025
Fecha fin plazo presentación
05/05/2025
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Se presentarán en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, nº 2, Santander), en las Oficinas Comarcales de esta Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Asimismo, se podrán presentar solicitudes a través de registros telemáticos conforme a las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexo II

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexo II

Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, y Alimentación, de 18 de marzo de 2025, por la que se convocan las ayudas a la conservación y promoción de razas autóctonas de ganado ovino-caprino en Cantabria.

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, y Alimentación, de 18 de marzo de 2025, por la que se convocan las ayudas a la conservación y promoción de razas autóctonas de ganado ovino-caprino en Cantabria.

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural
Norma atributiva

Orden MED/3/2019, de 4 de febrero, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas de mínimis para la conservación y promoción de razas autóctonas de ganado ovino/caprino en Cantabria.

Órgano que resuelve
Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Norma atributiva

Orden MED/3/2019, de 4 de febrero

Plazo máximo de resolución
2 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Reposición

Órgano

Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación ó ante la sala de lo contencioso-administrativo.

Plazo
Un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso cabe interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica se produzca el acto presunto. El plazo para interponer recurso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del acto si fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el plazo será de 6 meses a partir del día siguiente en que se produzca el acto presunto.

Otras convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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