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Orden CTD/9/2024

Orden CTD/9/2024, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas (C14.I4, línea de actuación 2), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
Órgano directivo
Direc. General De Turismo Y Hosteleria (DIR3: A06035852)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Empresas
Turismo, ocio y tiempo libre
Número BOC
236 Extrato Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
05/12/2024
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Podrán ser beneficiarios cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación que tengan residencia fiscal en España:

  1. Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edifi­cios existentes destinados a establecimiento turístico de conformidad con el artículo cuarto y únicamente para acometer las actuaciones que se detallen específicamente para este tipo de beneficiario en el mismo artículo.
  2. Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios o instalaciones destinados a establecimiento turístico de conformidad con el artículo cuarto que acrediten di­cha condición mediante contrato vigente

Quedan excluidas las viviendas de uso turístico en cualquiera de sus modalidades, cesión completa y cesión compartida, reguladas en el Decreto 225/2019, de 28 de noviembre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Quedan excluidos como beneficiarios las entidades públicas, sociedades públicas y cual­quier entidad o sociedad participada con fondos públicos, sean propietarias y/o arrendatarias de cualquier tipo de establecimiento turístico, así como cualquier entidad local, entidad sin ánimo de lucro, asociación, fundación o entidad eclesiástica.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
06/12/2024
Fecha fin plazo presentación
31/03/2025
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

La solicitud se presentará a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica https://sede.cantabria.es/. El certificado electrónico con el que se firma la documentación presentada deberá corresponder a quien ostenta la representación legal de la entidad solicitante.
Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal
de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del
servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexos

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Turismo y Hostelería - Servicio de Actividades Turísticas.
Norma atributiva

Orden CTD/9/2024, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas (C14.I4, línea de actuación 2), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Informes o dictámenes
  • Informe de valoración de los expedientes. (plazo de elaboración: 6 meses.).
  • Órgano que resuelve
    Corresponde al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 10
    Norma atributiva

    Orden CTD/9/2024, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas (C14.I4, línea de actuación 2), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Plazo máximo de resolución
    6 Meses
    Plazo medio de resolución
    5 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa

    Recursos

    Tipo

    Potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo.

    Órgano

    Órgano que dictó la resolución impugnada para el recurso potestativo de reposición.
    Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia para el recurso contencioso-administrativo.

    Plazo
    Un mes en el caso de recurso potestativo de reposición y dos meses en el caso de recurso contencioso administrativo, contado en ambos casos a partir del día siguiente de la publicación de la resolución.

    Otras convocatorias

    No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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