Acceso a la documentación arqueológica.
Facilitar el acceso a la documentación arqueológica, entendiendo por tal toda la documentación inédita o publicada de actuaciones realizadas, el inventario arqueológico, la base de datos bibliográfica y los bienes muebles depositados en museos y otros centros de titularidad pública dependientes de la Administración autonómica.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General de Patrimonio Cultural y Memoria Historica (Cód.DIR3: A06027823)
- Materia(s)
- Cultura
- Tipo
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Fecha de publicación
- 10/03/2022
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
La documentación arqueológica inédita tendrá acceso restringido, exigiéndose que el solicitante sea investigador y que motive suficientemente su solicitud, resolviendo la administración autonómica, oída de la Comisión Técnica de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. En el resto de los casos, la documentación estará a disposición de cualquier interesado/a que lo solicite.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Durante todo el año.
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
-
Lugar(es) para presentación presencial
-
Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, situada en la calle Lealtad, nº 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
Lugar(es) para presentación presencial
Documentación
En caso de petición de acceso a documentación inédita, se requiere la presentación de documentación acreditativa de la condición de investigador del solicitante.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Patrimonio Cultural.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria y Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998, así como Decreto 70/2020, de 22 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada.
- Órgano
- Persona titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.
- Plazo
- Un mes si el acto administrativo fuera expreso. Si no es expreso, el recurso se puede interponer en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se producen los efectos del silencio administrativo (es decir, a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el plazo de tres meses para dictar y notificar la resolución), o acudir a la vía contencioso-administrativa.
Normativa
- Normativa aplicada
- Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.