Autorización de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (APCAs).
Autorización de instalaciones en las que se desarrollen alguna de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera ( APCAs) incluidas en los grupos A y B del catálogo de actividades recogido en el anexo del Real Decreto 100/2011.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentacion y M.Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climatico (Cód.DIR3: A06027851)
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Tipo
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Fecha de publicación
- 29/09/2020
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Pertenecer a los grupos A y B del catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera contemplado en el anexo del Real Decreto 100/2011.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Instalaciones existentes: Las instalaciones existentes en las que se desarrollen algunas de las actividades incluidas en el catálogo recogido en el anexo del Real Decreto 100/2011, y que figuren pertenecientes a los grupos A y B, dispondrán un plazo de un año desde la entrada en vigor del Decreto 50/2009, para tramitar la autorización de emisión a la atmósfera (Disposición Transitoria Primera). Instalaciones nuevas: La construcción, montaje, explotación, modificación sustancial y traslado de aquellas instalaciones en las que se desarrollen alguna de las actividades incluidas dentro de los grupos A y B deberá obtener la preceptiva autorización de emisión a la atmósfera (artículo 5.1 del Decreto 50/2009).
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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-
Lugar(es) para presentación presencial
-
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (C/ Albert Einstein, 2, 39011 Santander) o cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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Lugar(es) para presentación presencial
Documentación
Conforme al artículo 6.1 del Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosférica industrial en la Comunidad Autónoma de Cantabria, la solicitud de autorización incluirá una memoria con el contenido mínimo siguiente:Descripción de la actividad, con especial referencia a los procesos e instalaciones generadoras de emisiones.Listado de focos emisores de la actividad, con clasificación y plano con ubicación de cada uno de ellos.Sistemas de depuración previstos.Emisiones que se prevén en cada foco y justificación del cumplimento de los límites vigentes.Programa de vigilancia y seguimiento de las emisiones atmosféricas de cada uno de los focos de la instalación.Medidas relativas a las condidicones de explotación en situaciones distintas de las normales que puedan afectar al medio ambiente, como la puesta en marcha, fugas, fallos de funcionamiento, paradas temporales o cierre definitivo.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Prevención y Control de la Contaminación de la Dirección General de Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el Control de la Contaminación Atmosférica Industrial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
- Norma atributiva
Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el Control de la Contaminación Atmosférica Industrial en la Comunidad Autónoma de Cantabria (art. 6.2).
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y si no lo es en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
- Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el Control de la Contaminación Atmosférica Industrial en la Comunidad Autónoma de Cantabria y Orden MED 2/2013, de 25 de enero, por la que se aprueban las instrucciones técnicas en materia de control de las emisiones a la atmósfera.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.