Autorización para el Traslado Transfronterizo de Residuos Peligrosos.

Como autoridad competente de destino, autorizar el traslado de residuos procedentes de un Estado Miembro de la UE, y, como autoridad competente de expedición o de tránsito dar el consentimiento, en su caso, a la realización del mismo.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentacion y M.Ambiente
Órgano directivo
Direc. General Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climatico (Cód.DIR3: A06027851)
Materia(s)
Medio ambiente
Tipo
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Fecha de publicación
29/09/2020
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Como autoridad competente de destino: Presentación de solicitud de autorización para el traslado y documento de notificación. Como autoridad competente de tránsito o expedición: documento de notificación del traslado. Destinado a productores o poseedores de residuos que tengan intención de trasladar residuos para su valorización o eliminación el ámbito de la Unión Europea.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Vías de presentación
Telemática y presencial
Lugar(es) para presentación presencial

Documentación

Originales o copias compulsadas de los siguientes documentos: Documento de traslado/acompañamiento; Contrato celebrado entre productor o poseedor y destinatario; identidad del destinatario, tipo y duración de la autorización con la que opere; origen, composición y cantidad de los residuos; itinerario previsto, autoridades competentes afectadas; datos y seguro del transporte; aval bancario que cubra los gastos del transporte y los de eliminación o valorización.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
Norma atributiva

Artículo 12.4 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011) y Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

Órgano que resuelve
Director General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
Norma atributiva

Artículo 27 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011). Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC, nº 152, de 9 de agosto de 2005).

Plazo de resolución
0 Según normativa aplicable
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Plazo
1 mes si la resolución es expresa. Si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a la producción de los efectos del silencio.

Normativa

Normativa aplicada
Ley 22 / 2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011 y Reglametno 1013/2006/CE, de 14 de junio relativo al traslado de residuos. Decisión de la Comisión de 24 de noviembre de 1994 relativa al modelo de documento de seguimiento contemplado en el Reglamento (CEE) nº 259/93 del Consejo relativo a la vigilancia y al control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea (94/774/CE)

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