Bases régimen de ayudas a titulares de explotaciones ganaderas (Campaña).
Bases régimen de ayudas a titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria y con veterinario de explotación autorizado.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentacion y M.Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Ganaderia (Cód.DIR3: A06027832)
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Becas, ayudas y premios
- Tipo
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Fecha de publicación
- 02/02/2022
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
a) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social, así como estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda del Gobierno de Cantabria, y cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 12.2 y 12.3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria.
b) Tratarse de explotaciones de productores ganaderos en actividad, y que las explotaciones tengan la condición de PYMES de acuerdo con el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
c) Hallarse inscrita la explotación en el REGA (Registro General de Explotaciones Ganaderas).
d) No estar sujeta la explotación a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
e) Que no se trate de una empresa en crisis tal y como se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE) nº 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, de acuerdo con las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- El que establezca la convocatoria.
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
-
Lugar(es) para presentación presencial
-
Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
Lugar(es) para presentación presencial
Documentación
a) Solicitud individual de ayuda según modelo anexo I de la Orden.
b) Factura de los honorarios satisfechos por el solicitante al veterinario de explotación autorizado. La factura vendrá con sello, firma y comprobante de pago.
- Impresos
- ANEXO I
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
- -
- Órgano que resuelve
- Consejo de Gobierno o Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y orden de convocatoria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Reposición.
- Órgano
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente o Consejo de Gobierno en función de quién resuelva.
- Plazo
- 1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio.
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden MED 3/2022, de 18 de enero, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas a titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria con un veterinario de explotación autorizado.
Convocatorias
-
CONVOCATORIA 2022 Orden MED/3/2022
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
- Descripción
- Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 18 de marzo de 2022, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria con un veterinario de explotación autorizado.
- Plazo de presentación:
- Hasta el 11/08/2022
-
CONVOCATORIA 2021 Orden MED/5/2020
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
- Descripción
- Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 22 de junio de 2021, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria y otras enfermedades animales con un veterinario de explotación autorizado.
- Plazo de presentación:
- Hasta el 30/09/2021
-
CONVOCATORIA 2020 Orden MED/5/2020
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
- Descripción
- Resolución del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 11 de agosto de 2020, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria y otras enfermedades animales con un veterinario de explotación autorizado.
- Plazo de presentación:
- Hasta el 30/09/2020
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.