Bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del transporte público regular de estudiantes universitarios.
La subvención está destinada a las empresas que presten servicios regulares de transporte público de viajeros por carretera de uso general y permanente de titularidad autonómica, como compensación por las reducciones tarifarias para los estudiantes universitarios de Cantabria según las condiciones que se detallan en los artículos siguientes.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria,Turismo,Innovacion,Transporte y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Transportes y Comunicaciones (Cód.DIR3: A06004055)
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Obras Públicas, tráfico y transportes
- Tipo
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Fecha de publicación
- 14/05/2019
- Forma de inicio
- Interesado
- De oficio
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- El plazo de presentación de las solicitudes será fijado en el extracto de la convocatoria de las ayudas que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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Lugar(es) para presentación presencial
-
Registro Delegado de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, (sito en la calle Cádiz, nº 2, primera planta, de Santander), o en cualquiera de los lugares previstos al efecto en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Lugar(es) para presentación presencial
Documentación
a) Memoria explicativa y justificativa en el que se reflejen las reducciones tarifarias efectuadas, que se completarán con los cuadros que se recogen en los Anexos II y III.
b) En el caso de personas jurídicas constituidas bajo cualquiera de las fórmulas legales que contempla la normativa vigente, se acompañará copia de la escritura pública de constitución y, en su caso, de las modificaciones posteriores, debidamente inscritas, en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable; si no lo fuere, escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional, en la que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial, así como del poder acreditativo del representante firmante de la solicitud, en caso de que no obraran ya en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron entregados, y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
c) La presentación del modelo normalizado de solicitud conllevará la autorización de la persona o entidad solicitante a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones para recabar los certificados a emitir por la Agencia Tributaria (AEAT), por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) y por la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos, así como de situación general en el I.A.E., y del Impuesto de Sociedades o, en su caso, impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al último ejercicio, a través de certificados telemáticos. Asimismo, conllevará la autorización para que la referida Dirección General pueda recabar los datos relativos a la identidad de los solicitantes o sus representantes, que deberán tener los documentos correspondientes a la misma en vigor. En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos, deberá presentar junto con su solicitud de subvención, certificación expedida por la A.E.A.T. y por la Hacienda de la Comunidad Autónoma acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y de situación general del I.A.E. y del Impuesto de Sociedades o, en su caso, impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al último ejercicio, así como certificación del órgano competente de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de la inscripción o, en su caso, afiliación y alta, y de hallarse al corriente en el pago de las cuotas y demás conceptos de recaudación conjunta. En caso de exención del I.A.E. se presentará declaración responsable de estar exento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales (incluido en Anexo I de solicitud). Igualmente, en caso de no autorizar de forma expresa a la Dirección General a recabar los datos relativos a la identidad de los solicitantes o sus representantes, deberá aportar el CIF dela entidad solicitante o N.I.F. según corresponda, y el DNI en vigor, o documento equivalente, de su representante.
d) Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria (incluida en Anexo I de solicitud).
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Transportes
- Norma atributiva
Orden INN/20/2016, de 8 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del transporte público regular de estudiantes universitarios.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
- Norma atributiva
- -
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Reposición o Contencioso-administrativo
- Órgano
- El mismo consejero para el recurso de reposición o la jurisdicción contencioso-administrativa
- Plazo
- Un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación para la reposición o dos meses para el contencioso-administrativo
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden INN/20/2016, de 8 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del transporte público regular de estudiantes universitarios.
- Ley 10/2006, de Subvenciones de Cantabria
Convocatorias
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CONVOCATORIA 2022 Orden IND/23/2021
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
- Descripción
- Orden IND/64/2022, de 22 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del transporte público regular de estudiantes universitarios para el curso 2022/2023.
- Plazo de presentación:
- Hasta el 31/10/2022
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CONVOCATORIA 2021 Orden IND/23/2021
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
- Descripción
- Orden IND/57/2021, de 8 de octubre, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del transporte público regular de estudiantes universitarios para el curso 2021/2022.
- Plazo de presentación:
- Hasta el 22/11/2021
-
CONVOCATORIA 2020 Orden INN/20/2016
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
- Descripción
- Orden INN/57/2020, de 12 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del transporte público regular de estudiantes universitarios para el curso 2020/2021.
- Plazo de presentación:
- Hasta el 28/12/2020
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.