Solicitud de modificación potestativa del expediente de concentración parcelaria.
Reconocimiento de transmisiones y otras modificaciones de derechos, una vez comenzada la publicación de las Bases (Art. 229 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario).
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentacion y M.Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (Cód.DIR3: A06027831)
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo
- Otros
- Fecha de publicación
- 27/02/2007
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Que se aprecie variación de titularidad, superficie y otros derechos a fin de su reconocimiento en el expediente de Concentración, después de publicadas las Bases.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Antes de la publicación del Acuerdo.
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
-
Lugar(es) para presentación presencial
-
Registro del Servicio de Estructuras Agrarias c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia, 39011 de Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabia 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
Lugar(es) para presentación presencial
Documentación
Escrituras acreditativas, renuncia o reconocimiento expreso del titular afectado, si lo hay.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio Estructuras Agrarias
- Norma atributiva
Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería Agricultura y Pesca; Ley 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería Agricultura y Pesca; Ley 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
- Decreto 118/1973, de 12 de enero, que aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.