Solicitud de permutas de fincas de reemplazo en procedimientos de concentración parcelaria.
Proposición de permutas de fincas de reemplazo por parte del interesado con el fin de mejorar los lotes de reemplazo de cada adjudicatario antes de la firma del acuerdo de concentración.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentacion y M.Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (Cód.DIR3: A06027831)
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo
- Otros
- Fecha de publicación
- 27/02/2007
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Existencia de un procedimiento de concentración parcelaria y solicitud por parte del interesado.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Antes de que sea firme el Acuerdo de Concentraión Parcelaria.
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
-
Lugar(es) para presentación presencial
-
Registro del Servicio de Estructuras Agrarias, c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia, 39011 de Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
Lugar(es) para presentación presencial
Documentación
Figurar en el Acuerdo de la Concentración Parcelaria de la Zona de que se trata, como consecuencia de las aportaciones realizadas a las B.D., cuyos títulos de propiedad iniciales fueron manifestados por sus titulares en el momento previo de la investigación de la propiedad del expediente, es decir, sólo para titulares ya incorporados en el expediente de concentracion parcelaria.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Estructuras Agrarias
- Norma atributiva
Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería Agricultura y Pesca; Ley 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería Agricultura y Pesca; Ley 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
- Decreto 118/1973, de 12 de enero, que aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.