Subvenciones a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del I.R.P.F.
Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del IRPF en Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Servicios Sociales e Igualdad
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
1. Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a que se refiere esta Orden las entidades del Tercer Sector de Acción Social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social así como la Cruz Roja Española, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituida al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones o, en su caso, a la resolución de concesión de la subvención.
b) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales regulado mediante Decreto 40/2008, de 17 de abril, por el que se regulan la Autorización, la Acreditación, el Registro y la Inspección de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, o tener solicitada la inscripción en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Carecer de fines de lucro.
d) Tener fines institucionales adecuados recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables.
e) Acreditar experiencia y especialización en la atención al colectivo o colectivos al que se dirigen los programas.
f) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
g) Tener ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Cantabria y desarrollar sus actividades, de manera real y efectiva, en la misma.
h) No hallarse en alguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
i) Haber presentado las fundaciones, en el Registro de Fundaciones en que estuvieran obligadas, las cuentas cuyo plazo de presentación estuviera vencido en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
También podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica. Estas agrupaciones deberán indicar los compromisos asumidos por cada uno de sus miembros y el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos. Asimismo, deberán nombrar un representante con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el periodo de prescripción previsto en los artículos 40 y 69 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
SOLICITUD (anexo 1A) acompañada de:
-Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, así como poder para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.
-Número de identificación fiscal.
-Acta de constitución de la Entidad y estatutos debidamente legalizados.
-Certificación de directivos de la entidad, miembros del patronato u órgano directivo, fecha del nombramiento y modo de elección. Acreditar presentación en el registro administrativo correspondiente.
- Declaración responsable (anexo 1-B): estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma de Cantabria; no tener deudas por reintegro de subvenciones o hallarse al corriente de pago de las mismas; cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 12 de la Ley 10/2006, de 17 de junio de Subvenciones de Cantabria.
- Organizaciones sin personalidad jurídica declaración responsable de la representación legal de todas las entidades que forman la agrupación, y de las obligaciones del párrafo anterior.
- Cuenta Bancaria de la Entidad: certificado de titularidad emitido por la Entidad bancaria, firmado electrónicamente por la misma.
- Entidades exentas de IVA resolución o certificación de la AEAT reconociendo dicha exención o de estar sujetas a la regla de la prorrata del art. 102 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA.
- Declaración responsable del representante legal acreditando que obra en su poder la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales del personal que vaya a tener contacto con menores, así como el compromiso de que se actualizará dicha declaración cada vez que se produzca la incorporación de nuevo personal, enel desarrollo de las actuaciones del programa.
- Declaración responsable del representante legal de no haber recibido ninguna subvención con cargo al tramo estatal por la correspondiente convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del IRPF para el mismo objeto subvencionable y período.
MEMORIA DE LA ENTIDAD ( anexo 2):
- Declaración responsable del número de personas que se encuentren asociadas o afiliadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Acreditar que se cuenta con certificación en vigor (ISO, EFQM, Norma ONG con calidad) o, documento de compromiso legal de los órganos de gobierno de la entidad de impulsar, el desarrollo de un sistema de calidad. Si se ha presentado este compromiso en convocatorias anteriores, relación de actuaciones desarrolladas para su efectiva implantación.
- Documento acreditativo de auditoría externa de cuentas, correspondiente al ejercicio anterior.
- Plan de formación del voluntariado cuya vigencia se halle prevista para el ejercicio 2024 o, en su defecto, para el ejercicio 2023.
- Plan de incorporación del voluntariado cuya vigencia se halle prevista para el ejercicio 2024, o, en su defecto, para el ejercicio 2023.
- Informe de Vida Laboral del Código de Cuenta de Cotización de la entidad en el que consten los datos referidos al período comprendido entre el 01-01-2022 y el 31-12-2022.
- Plan de Igualdad de la Entidad cuya vigencia se halle prevista para el ejercicio 2024, o, en su defecto, para el ejercicio 2023.
MEMORIA DEL PROGRAMA (anexo 3):
- Acreditar que se cuenta con certificación en vigor (ISO, EFQM, Norma ONG con calidad) o, documento de compromiso legal de los órganos de gobierno de la entidad de impulsar, el desarrollo de un sistema de calidad. Si se ha presentado este compromiso en convocatorias anteriores, relación de actuaciones desarrolladas para su efectiva implantación.
- Aportar toda la documentación acreditativa de los requisitos de los Anexos Programas. El presupuesto debe estar desglosado por conceptos.
- Impresos
- CRONOGRAMA
- MEMORIA DE SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS
- MEMORIA DE SEGUIMIENTO DE GASTOS DE EQUIPAMIENTO
- CERTIFICADO IMPUTACIÓN DE FACTURAS
- MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA DE LA INVERSIÓN EN OBRAS
- MEMORIA DE SEGUIMIENTO DE GASTOS DE OBRAS
- SOLICITUD
- DECLARACIÓN RESPONSABLE
- MEMORIA DE LA ENTIDAD
- LOGOTIPO
- MEMORIA DEL PROGRAMA
- MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA DE PROGRAMAS
- MEMORIA JUSTIFICATIVA DE INVERSIÓN DE EQUIPAMIENTO
- MEMORIA DE ACTUACIÓN JUSTIFICATIVA DE PROGRAMAS
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Acción Social e Integración del ICASS.
- Norma atributiva
- Orden UMA/33/2018, de 21 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Orden UMA/45/2019, de 20 de mayo, por la que se modifica la Orden UMA/33/2018, de 21 de agosto, por la que se aprueban las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Órgano que resuelve
- Servicio de Acción Social e Integración del ICASS.
- Norma atributiva
Orden UMA/33/2018, de 21 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Alzada.
- Órgano
- Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
- Plazo
- Un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ejercicio 2024 (BOC extraordinario, de 4 de julio de 2024, num. 25).
-
Extracto de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fnes de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas en el ejercicio 2024. (BOC extraordinario , de 5 de julio, num. 26).
-
Orden UMA/33/2018, de 21 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.