Subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas al refuerzo de la conectividad a velocidades de 1 Gbps en centros públicos de referencia y para el refuerzo de las redes de comunicaciones electrónicas de los propios centros públicos de referencia.
Estas ayudas se enmarcan dentro de la inversión «Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial», que incluye acciones de refuerzo de la conectividad en centros de referencia, mediante la puesta en marcha de medidas para potenciar la conectividad y equipamiento de centros públicos que permiten acceder a servicios públicos esenciales, asistenciales y sociales tales como hospitales, centros de salud, centros educativos y de formación y otros centros de referencia y servicios públicos en las diversas provincias.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Transportes y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
Requisitos
Podrán ser beneficiarios los ayuntamientos de Cantabria.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Dos meses desde el día siguiente al de publicación en el BOC del extracto de la convocatoria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Documentación requerida
30 Anexo_III_Ejecución_Compromiso
No obligatorio
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. No Se consulta a otras administraciones salvo oposición justificada del interesado. Servicio de intermediación: {0} El documento puede ser emitido por una autoridad transfronteriza y requiere de traducción jurada. |
30 Anexo_VII_DNSH
No obligatorio
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. No Se consulta a otras administraciones salvo oposición justificada del interesado. Servicio de intermediación: {0} El documento puede ser emitido por una autoridad transfronteriza y requiere de traducción jurada. |
30 Anexo_VI_Lucha_Fraude
No obligatorio
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. No Se consulta a otras administraciones salvo oposición justificada del interesado. Servicio de intermediación: {0} El documento puede ser emitido por una autoridad transfronteriza y requiere de traducción jurada. |
30 Anexo_V_Condiciones_Específicas
No obligatorio
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. No Se consulta a otras administraciones salvo oposición justificada del interesado. Servicio de intermediación: {0} El documento puede ser emitido por una autoridad transfronteriza y requiere de traducción jurada. |
30 Anexo_I_Solicitud
No obligatorio
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. No Se consulta a otras administraciones salvo oposición justificada del interesado. Servicio de intermediación: {0} El documento puede ser emitido por una autoridad transfronteriza y requiere de traducción jurada. |
30 Anexo_IV_Cesion_Datos
No obligatorio
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. No Se consulta a otras administraciones salvo oposición justificada del interesado. Servicio de intermediación: {0} El documento puede ser emitido por una autoridad transfronteriza y requiere de traducción jurada. |
30 Anexo_II_DACI
No obligatorio
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. No Se consulta a otras administraciones salvo oposición justificada del interesado. Servicio de intermediación: {0} El documento puede ser emitido por una autoridad transfronteriza y requiere de traducción jurada. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
- Norma atributiva
Orden IND/30/2023, de 2 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2023. Programa ÚNICO-SERVICIOS PÚBLICOS.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio.
- Norma atributiva
Orden IND/30/2023, de 2 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2023. Programa ÚNICO-SERVICIOS PÚBLICOS.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o contencioso administrativo.
- Órgano
Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio para el potestativo de reposición.
Tribunal Superior de Justicia de Cantabria para el contencioso-administrativo.- Plazo
- Un mes computado a partir del día siguiente a su notificación para el recurso potestativo de reposición, o dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación para el recurso contencioso-administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-
Orden IND/30/2023, de 2 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2023. Programa ÚNICO-SERVICIOS PÚBLICOS.
-
Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
-
Real Decreto 987/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesion directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejeucion de diversas accioens de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco de la Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
-
Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.