CONVOCATORIA 2021 Orden PRE/17/2019
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
Orden PRE/20/2021, de 1 marzo, por la que se procede a la convocatoria de las ayudas a Ayuntamientos para vigilancia, rescate y salvamento en las playas de Cantabria durante el año 2021.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Presidencia, Interior, Justicia Y Accion Exterior
- Dirección General
- Direc. General de Interior
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Destinatarios
- Administración
- Boletín Oficial de Cantabria
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- Número BOC:
- 45 Extracto Convocatoria
- Fecha BOC:
- 08/03/2021
- Enlace BOC
- Enlace BOC
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 09/03/2021
- Fecha fin plazo presentación
- 08/04/2021
- Base reguladora
- Bases reguladoras correspondiente a las ayudas a Corporaciones Locales para vigilancia, rescate y salvamento en la playas de Cantabria.
Beneficiarios
- Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los Ayuntamientos del litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria que vayan a realizar las actividades descritas en el artículo 1 de esta Orden.
Documentación
- Documentos
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Instancia debidamente fechada y firmada.
- Certificación, según el modelo que figura como Anexo V a esta Orden, expedida por el Secretario Municipal acreditativa del Acuerdo del Pleno o, en su caso, órgano competente del Ayuntamiento, en la que se haga constar:
- Aprobación de la solicitud de subvención.
- El compromiso de disposición de medios para la prestación del servicio de salvamento y seguridad en las playas del municipio, indicando el número de socorristas, número de embarcaciones tipo C, número de motos náuticas y ambulancias a pie de playa, con el personal asociado a dichos vehículos, debiendo reunir como mínimo las condiciones y características que se citan en los Anexos II, III y IV de esta Orden.
- Cuantía del presupuesto que el Ayuntamiento va a disponer para el personal y los vehículos comprometidos según el punto anterior para el año 2021.
- Memoria descriptiva de los servicios que se pretenden realizar y para los que se solicita la subvención, así como presupuesto desglosado del coste de la actividad con indicación de medios materiales y personales, si fueran distintos a los establecidos en el compromiso del apartado b).
- Certificación expedida por el Interventor o Secretario-Interventor Municipal comprensiva de la aplicación presupuestaria y el importe del crédito disponible consignado en los presupuestos del Ayuntamiento para la prestación de servicios de Salvamento y Seguridad de Vidas Humanas en el Municipio.También podrá admitirse certificación expedida por el Interventor o Secretario-Interventor Municipal relativa a la tramitación de expediente de transferencia de crédito que tenga como finalidad la creación de una partida presupuestaría destinada al objeto de esta subvención, debiendo indicar el importe que se va a consignar.
- Certificación expedida por el Secretario Municipal relativa a otras subvenciones solicitadas para el mismo ejercicio presupuestario, que incluyan las ayudas concedidas y si se ha procedido a justificar las mismas, en relación con la prestación de servicios de Salvamento y Seguridad de Vidas Humanas en las Playas.
- Certificación expedida por el Secretario Municipal de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad social. En caso de que la citada acreditación no acompañara a la solicitud, la presentación de esta última conllevará la autorización a la Dirección General de Interior para recabar los certificados acreditativos correspondientes, salvo que se manifieste oposición expresa a dicha consulta debiendo en este supuesto aportar la documentación acreditativa correspondiente.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor que cubra las eventuales responsabilidades que se pudieran derivar con motivo de la actividad de prestación del servicio de vigilancia, rescate y salvamento, suscrita por el Ayuntamiento con compañía aseguradora, y recibo acreditativo del pago de la prima correspondiente.
- Impresos
- Anexos
- Modelo de Solicitud
Tramitación y Resolución
- Órgano tramitador
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR (CÓDIGO DIR3 O00022533 - A06029675)
C/ Peña Herbosa, 29 - 39003 Santander
942 20 73 24
Enlaces
- Lista de enlaces
- Orden PRE/17/2019, de 25 marzo, por la que se establecen las bases reguladoras correspondientes a las ayudas a Corporaciones Locales para vigilancia, rescate y salvamento en las playas de Cantabria.
- Orden PRE/1/2021, de 7 de enero, por la que se modifica el título y los Anexos de la Orden PRE/17/2019, de 25 de marzo, por la que se establecen las Bases reguladoras correspondientes a las ayudas a las Corporaciones Locales para Vigilancia, Rescate y Salvamento en las playas de Cantabria.
- Orden PRE/20/2021, de 1 marzo, por la que se procede a la convocatoria de las ayudas a Ayuntamientos para vigilancia, rescate y salvamento en las playas de Cantabria durante el año 2021.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.