CONVOCATORIA 2021 Orden UMA/7/2018
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación abierto
Resolución de 10 de febrero de 2021 del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de potenciar la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el año 2021.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Universidades, Igualdad, Cultura Y Deporte
- Dirección General
- Direc. General de Igualdad y Mujer
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Destinatarios
- Empresa
- Boletín Oficial de Cantabria
-
- Número BOC:
- 32 Extracto Convocatoria
- Fecha BOC:
- 17/02/2021
- Enlace BOC
- Enlace BOC
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 18/02/2021
- Fecha fin plazo presentación
- 10/03/2021
- Base reguladora
- Bases reguladoras de las subvenciones para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Beneficiarios
- Beneficiarios
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de estas subvenciones: asociaciones de mujeres; federaciones de asociaciones de mujeres; asociaciones cuyo objeto social vaya dirigido a la prevención, estudio e intervención ante enfermedades que afecten principalmente a mujeres; asociaciones socioculturales y asociaciones y federaciones de mujeres de carácter social con sección de mujeres o cuya junta directiva esté constituida íntegramente por mujeres; sindicatos y organizaciones empresariales con sección, secretaría, área o programa de mujeres.
Documentación
- Documentos
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
- Anexo II: Memoria explicativa para cada uno de los proyectos o actividades para los que se solicita la subvención por separado. Para los proyectos que superen los 4.500 €, además, se acompañará memoria escrita extensa fuera de anexo.
- Anexo III: Certificado del Acuerdo de la Junta Directiva en la que se decidió la solicitud de la subvención.
- Anexo IV: Certificado acreditando la composición actual de los órganos directivos, así como indicación del número total de personas asociadas.
- Anexo V: En el supuesto de realizarse cualquier actividad dentro del proyecto subvencionado que implique contacto habitual con menores, de acuerdo a lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, la persona física que imparta o desarrolle tal actividad, deberá autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la consulta de datos al Registro Central de Delincuentes Sexuales conforme al modelo adjunto, o en caso de no autorizar dicha consulta, aportar certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
- En caso de existir, relación de la plantilla del personal de la entidad que solicita la subvención, que realice las actividades objeto de subvención, con detalle de su categoría profesional.
No será preceptiva la presentación de aquellos documentos que ya se encuentren en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que no hayan sido modificados, y que se haga constar la fecha, el órgano o dependencia en la que fueron presentados, y siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. Se exceptúan la documentación acreditativa de hallarse al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, cuya validez es de seis meses desde su expedición.
Conforme lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y sin perjuicio de los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos, la presentación de la solicitud supone la prestación del consentimiento por parte de la persona o entidad interesada, para que el órgano instructor del procedimiento pueda recabar de los organismos competentes la información relativa a:
- Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad de la persona representante firmante de la solicitud.
- Inscripción de la entidad interesada en un registro público autonómico, con indicación del registro de que se trate conforme lo previsto en el Anexo I.
- El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- El cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
- El cumplimiento de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Resto de datos o documentos emitidos o en poder de cualquier Administración Pública.
No obstante, la entidad solicitante podrá denegar o revocar de forma expresa este consentimiento, a través de comunicación escrita a la Dirección General de Igualdad y Mujer, manifestando su voluntad en tal sentido. En este supuesto, deberá presentar los documentos acreditativos correspondientes, siendo la no aportación de éstos, causa para requerirle de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Impresos
- Modelo de Solicitud
- Resolución de 10 de febrero de 2021 del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de potenciar la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el año 2021.
- Anexos
Tramitación y Resolución
- Órgano tramitador
DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD Y MUJER (CÓDIGO DIR3 O00011239 ¿ A06018754)
C/ Bonifaz, 16, bajo izquierda ¿ 39003 Santander
942 20 82 21 y 942 20 75 53
Enlaces
- Lista de enlaces
- Orden UIC/9/2020, de 26 de febrero, por la que se modifica la Orden UMA/7/2018, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de potenciar la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Orden UMA/7/2018, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de potenciar la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.