CONVOCATORIA 2022 Orden IND/29/2021 - EJES 2 y 3
- Ayuda / Subvención
- Plazo de presentación cerrado
Orden IND/30/2022, de 18 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a garantizar la movilidad sostenible colectiva en Cantabria. Ejes de actuación 2 y 3: servicios regulares interurbanos de transporte público de viajeros por carretera que desarrollen expediciones nocturnas y servicios regulares interurbanos de transporte público de viajeros por carretera de carácter metropolitano o suburbano.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria,Turismo,Innovacion,Transporte Y Comercio
- Dirección General
- Direc. General de Transportes y Comunicaciones
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Destinatarios
- Empresa
- Boletín Oficial de Cantabria
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- Número BOC:
- 103 Extracto Convocatoria
- Fecha BOC:
- 30/05/2022
- Enlace BOC
- Enlace BOC
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 31/05/2022
- Fecha fin plazo presentación
- 30/06/2022
- Base reguladora
- Subvenciones destinadas a garantizar la movilidad sostenible colectiva en Cantabria
Beneficiarios
- Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las empresas que, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, sean contratistas o prestadoras del servicio regular de transporte de viajeros por carretera de uso general y permanente de titularidad autonómica, cuyo itinerario de línea discurra por zonas rurales por el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos previstos en los artículos siguientes.
Documentación
- Documentos
Las solicitudes de subvención deberán presentarse debidamente cumplimentadas, fechadas y firmadas por el solicitante o su representante y acompañadas de la siguiente documentación:
- Plan económico-financiero que incluya el déficit calculado por cada línea, conforme al modelo recogido en el Anexo II.
Habrá de presentarse un plan económico-financiero para cada una de las líneas para las que se solicite la ayuda, calculándose de forma individual para cada una de ellas.
- Aquellos documentos que permitan evaluar los criterios de valoración del artículo anterior.
En este sentido, bastará con que la documentación acreditativa de los criterios dispuestos en las letras B) y C) del artículo 7 se presente una sola vez.
- En el caso de sociedades constituidas bajo cualquiera de las fórmulas jurídicas que contempla la vigente legislación, se acompañará copia de la escritura pública de constitución debidamente inscrita, así como de sus modificaciones, en su caso. En el supuesto de que la misma se encontrara en fase de constitución, habrán de aportar el proyecto de Estatutos, así como los datos del promotor.
- La presentación del modelo normalizado de solicitud conjunta conllevará la autorización de la persona o entidad solicitante a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) y por la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos, así como de situación general en el I.A.E., y del Impuesto de Sociedades o, en su caso, impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al último ejercicio, a través de certificados telemáticos. Asimismo, conllevará la autorización para que la referida Dirección General pueda recabar los datos relativos a la identidad de los solicitantes o sus representantes, que deberán tener los documentos correspondientes a la misma en vigor.
En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos, deberá presentar junto con su solicitud de subvención, certificación expedida por la (AEAT) y por la Hacienda de la Comunidad Autónoma (ACAT) acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y de situación general del I.A.E. y del Impuesto de Sociedades o, en su caso, impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al último ejercicio, así como certificación del órgano competente de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en el pago de las cuotas y demás conceptos de recaudación conjunta. En caso de exención del I.A.E. se presentará declaración responsable de estar exento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales (incluido en Anexo I de solicitud).
Igualmente, en caso de no autorizar de forma expresa a la Dirección General a recabar los datos relativos a la identidad de los solicitantes o sus representantes, deberá aportar el CIF de la entidad solicitante, o NIF, según corresponda, y el DNI en vigor, o documento equivalente, de su representante.- Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria (incluido en Anexo I de solicitud).
- Impresos
- Modelo de Solicitud
- Anexos
Tramitación y Resolución
- Órgano tramitador
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES (CÓDIGO DIR3 O00006450 - A06004055)
C/ Cádiz, 2 - 39002 Santander
942 36 74 12 / 942 36 74 94
Enlaces
- Lista de enlaces
- Orden IND/12/2022, de 9 de marzo, por la que se modifica la Orden IND/29/2021, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a garantizar la movilidad sostenible colectiva en Cantabria.
- Orden IND/30/2022, de 18 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a garantizar la movilidad sostenible colectiva en Cantabria. Ejes de actuación 2 y 3: servicios regulares interurbanos de transporte público de viajeros por carretera que desarrollen expediciones nocturnas y servicios regulares interurbanos de transporte público de viajeros por carretera de carácter metropolitano o suburbano.
- Resolución por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre de 2022.
- Orden IND/29/2021, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a garantizar la movilidad sostenible colectiva en Cantabria.
- Orden IND/42/2022, de 17 de junio, por la que se modifica la Orden IND/30/2022, de 18 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a garantizar la movilidad sostenible colectiva en Cantabria. Ejes de actuación 2 y 3: servicios regulares interurbanos de transporte público de viajeros por carretera que desarrollen expediciones nocturnas y servicios regulares interurbanos de transporte público de viajeros por carretera de carácter metropolitano o suburbano.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.